Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que se publica en el BOE del 18 de septirmbre de 2010
Madrid, 18 de septiembre de 2010. Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del texto definitivo de la reforma laboral: Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que procede del Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio.
- Finalidad de la reforma:
Contribuir a la reducción del desempleo e incrementar la productividad de la economía española. A estos efectos, se dirige a corregir la dualidad de nuestro mercado de trabajo promoviendo la estabilidad en el empleo y a incrementar la flexibilidad interna de las empresas, como aspectos más destacables.
- Objetivos de la reforma:
1) Reducir la dualidad de nuestro mercado laboral, impulsando la creación de empleo estable y de calidad, en línea con los requerimientos de un crecimiento más equilibrado y sostenible.
2) Reforzar los instrumentos de flexibilidad interna en el desarrollo de las relaciones laborales y, en particular, las medidas de reducción temporal de jornada, como mecanismo que permita el mantenimiento del empleo durante las situaciones de crisis económica, reduciendo el recurso a las extinciones de contratos y ofreciendo mecanismos alternativos más sanos que la contratación temporal para favorecer la adaptabilidad de las empresas.
3) Elevar las oportunidades de las personas desempleadas, con particular atención a los jóvenes, reordenando para ello la política de bonificaciones a la contratación indefinida para hacerla más eficiente, haciendo más atractivos para empresas y trabajadores los contratos formativos y mejorando los mecanismos de intermediación laboral.
Esta norma se estructura en cuatro Capítulos, doce Disposiciones Transitorias, una Disposición derogatoria y cuatro Disposiciones Finales:
p>Las bonificaciones se reordenan y se concentran en las personas jóvenes, y las mayores de 45 años. Pensando en el futuro, hace previsiones sobre dos cuestiones relevantes: la creación por ley de un fondo de capitalización para los trabajadores, en la línea con el denominado modelo austríaco; y la promoción de las iniciativas necesarias para impulsar la reforma de la negociación colectiva en los términos acordados entre los interlocutores sociales.Lea el texto completo