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Laboral, 04-08-2010.

Capitales coste de pensiones

Madrid, 4 de agosto de 2010

. Orden TIN/2124/2010, de 28 de julio, por la que se modifica la Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social, se ha publicado hoy en el BOE.

El Ministerio considera que los cambios económicos experimentados desde la entrada en vigor de aquella Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, aconsejan la modificación del citado tipo de interés técnico fijado en su artículo 3 y aplicable en el cálculo de dichos capitales coste, con el fin de acomodar los resultados a los costes reales de las pensiones o prestaciones periódicas de la Seguridad Social a actualizar y siguiendo así las directrices contenidas en el mencionado artículo 78.2.b) del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.

En tal sentido, y tras las pertinentes consultas a las Direcciones Generales de Política Económica, del Tesoro y Política Financiera y de Seguros y Fondos de Pensiones, del Ministerio de Economía y Hacienda, se ha considerado oportuno situar en el 3 por 100 el referido tipo de interés técnico o de actualización.


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