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Fiscal, 17-02-2010.

Identificación de Operadores Económicos

Nuevo procedimiento de asignación del número de operador económico

Madrid, 16 de febrero de 2010. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ha emitido la Resolución de 28 de enero de 2010 en la que se recoge el procedimiento para la asignación del número de Registro e Identificación de Operadores Económicos (EORI), publicada en el BOE del pasado 16 de febrero de 2010.

Ante la obligatoriedad de asignar un número de identificación único en toda la Comunidad Europea a cada operador económico y, cuando corresponda, a otras personas, que pueda ser utilizado como referencia común en las relaciones de los mismos con las autoridades aduaneras en toda la Comunidad, reduciendo la carga administrativa, simplificando el procedimiento de información y facilitando el intercambio de información entre autoridades aduaneras, así como entre éstas y otras autoridades.

Por este motivo, el Reglamento (CE) número 312/2009 de la Comisión, de 16 de abril de 2009, ha modificado el Reglamento (CEE) número 2454/1993, de la Comisión, de 2 de julio de 1993, creando el número de Registro e Identificación de Operadores Económicos (número EORI) que debe ser utilizado para la identificación de los operadores económicos y otras personas en todas sus relaciones con las autoridades aduaneras.

El operador deberá comunicar a través de la Oficina virtual de Aduanas e Impuestos Especiales, o mediante escrito dirigido a la aduana de despacho, cualquier Dependencia Provincial de Aduanas e Impuestos Especiales o ante el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, en el momento de solicitar su registro o con posterioridad al mismo, el (los) número(s) de identificación a efectos de IVA asignado(s), en su caso, por los Estados miembros.


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