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Laboral, 17-02-2012.

Ayudas al desempleo de larga duración

El BOE publica la prórroga de las ayudas económicas para las personas que agoten su protección por desempleo

Madrid, 17 de febrero de 2012. Se publica hoy en el BOE la Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de ayudas económicas de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, establecidas en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero.

Esta resolución tiene por objeto determinar la forma y plazos de presentación de las solicitudes, así como la tramitación y pago de las ayudas establecidas en el artículo 2 del Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero y prorrogadas por el artículo 6 del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, prorrogado a su vez por la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit. Esta resolución será de aplicación en todo el territorio nacional.

El Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas dispuso en su artículo 2 la aprobación de un programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Asimismo, y como parte del programa, dicho Real Decreto-ley contempla expresamente ayudas económicas de acompañamiento para el proceso de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo.

En el citado artículo 2 del Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, se establecía una duración del programa de seis meses desde su entrada en vigor, finalizando sus efectos el día 15 de agosto de 2011.

El Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, prorrogó por un periodo de seis meses la aplicación del mencionado programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo.

Por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit, se ha prorrogado lo establecido en el artículo 6 del citado Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, por un nuevo periodo de seis meses, a efectos de la aplicación del mencionado programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo.

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