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Laboral, 18-11-2011.

Prácticas no laborales

Reguladas para jóvenes con problemas de empleabilidad, en empresas que han celebrado convenios con los Servicios Públicos de Empleo

Madrid, 18 de noviembre de 2011. Se regula en Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, una nueva medida que consiste en el desarrollo de prácticas no laborales por parte de las personas jóvenes, con problemas de empleabilidad, en las empresas que hayan celebrado previamente convenios con los Servicios Públicos de Empleo.

Estas prácticas están vinculadas a las prácticas profesionales en las empresas contempladas en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, si bien las prácticas a que se refiere el presente real decreto son objeto de una regulación específica dada sus particularidades que derivan del objetivo prioritario de las mismas, esto es, procurar el acercamiento de las personas jóvenes con cualificación pero sin experiencia profesional al mundo laboral.

Las citadas prácticas se desarrollarán por personas jóvenes, entre 18 y 25 años, desempleadas, que tengan cualificación profesional, ya sea en el ámbito educativo o laboral, pero nula o escasa experiencia laboral, bajo la dirección y supervisión de un tutor, en los centros de trabajo de la empresa y tendrán una duración entre seis y nueve meses.

Previamente al acuerdo que suscriban las empresas y las personas jóvenes, en donde se describirán las prácticas, las empresas tendrán que haber celebrado un convenio con los Servicios Públicos de Empleo para el desarrollo de las mismas, por medio del cual aquellas presentarán el programa de prácticas no laborales y los Servicios Públicos de Empleo realizarán la preselección de candidatos. Asimismo, por la participación en el programa, las personas jóvenes percibirán una beca de apoyo y a la finalización de las prácticas obtendrán un certificado.

Asimismo, a estas personas les serán de aplicación los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

El programa de prácticas no laborales podrá culminar en una contratación laboral de las personas jóvenes por las empresas en donde se hayan desarrollado aquellas. Igualmente, los contratos podrán acceder a medidas de apoyo a la contratación, tanto en el ámbito de la formación profesional para el empleo, como es el caso de los convenios de colaboración con compromiso de contratación, como en los programas de incentivos al empleo.

De este modo se completará el objetivo de la medida, esto es, conseguir a través del acercamiento al mundo laboral mediante prácticas no laborales que personas jóvenes, con cualificación pero con nula o escasa experiencia, logren su inserción laboral.


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