El BOE publica hoy el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto sobre transacciones económicas con el exterior
Madrid, 08 de septiembre de 2011. El BOE publica hoy el Real Decreto 1360/2011, de 7 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior.
La regulación aprobada durante los últimos años en la práctica totalidad de Estados miembros ha previsto la supresión de tal obligación de información nacional sobre pagos, con fines estadísticos.
Con el objeto de alinear la regulación española en la materia a la vigente en nuestro entorno financiero y de anticiparse con la máxima eficacia posible a la muy probable reforma del Reglamento 924/2009, resulta preciso reformar la normativa de transacciones económicas con el exterior y derogar aquellas disposiciones que mantienen la obligación de las entidades de remitir información de la que no disponen de forma inmediata y automatizable e incorporar, por el contrario, la obligación de remitir aquella que sí es de disposición inmediata.
De este modo se suprime el deber de las entidades registradas de exigir a sus clientes los datos que completen la información de las operaciones en que intervienen, para remitirla posteriormente al Banco de España.
La reforma que se plantea, no obstante, permitirá el mantenimiento de la información de la que se dispone en la actualidad, de manera compatible con las tendencias regulatorias antes reflejadas y a través de dos fuentes distintas: una, la información automática suministrada por las entidades registradas y otra, la obtenida a partir de los datos que requiera el Banco de España a quienes realizan actos, negocios, transacciones y operaciones con el exterior, de conformidad con la obligación establecida en el artículo 3 de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
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