ES | CA | EU | GA | EN
 
 

Laboral, 07-02-2011.

Seguridad Social

Madrid, 7 de febrero de 2011.El Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Ecuador, hecho en Madrid el 4 de diciembre de 2009, se ha publicado en el BOE

El presente Convenio se aplicará:

A) Por parte del Ecuador:

A la legislación relativa a las prestaciones contributivas del Seguro General Obligatorio a cargo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en lo que se refiere a:

a) Subsidio de Maternidad.

b) Subsidio de Enfermedad.

c) Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte que incluye pensiones de supervivencia a viudas y huérfanos.

d) Seguros de Riesgos del Trabajo ante contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

e) Auxilio de Funerales.

>B) Por parte de España:

A la legislación relativa a las prestaciones contributivas del Sistema español de Seguridad Social, con excepción de los regímenes especiales de funcionarios públicos, civiles y militares,

en lo que se refiere a:

a) Incapacidad temporal en los casos de enfermedad común y accidente no laboral.

b) Maternidad, riesgo durante el embarazo.

c) Incapacidad Permanente, Jubilación y Supervivencia.

d) Prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo, y enfermedad profesional.

e) Auxilio por defunción.


Archivo adjunto: Descargar