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Mercantil, 05-10-2011.

Ley de Instituciones de Inversión Colectiva

El BOE publica hoy la Ley que reforma la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva

Madrid, 5 de octubre de 2011.El BOE publica hoy la Ley que reforma la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, cuyo texto refuerza la labor supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y de la Autoridad Europea de Mercados y Valores (ESMA), al tiempo que transpone dos directivas comunitarias. En concreto, se trata de la Directiva europea sobre organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios, e incorpora al ordenamiento jurídico español parte de las nuevas competencias que asume la ESMA y que forman parte del llamado Paquete de Supervisión Financiera Europea (la Directiva Omnibus I).

Las modificaciones se refieren a su configuración como autoridad a la que la Comisión Nacional del Mercado de Valores debe remitir determinada información, no sólo en el marco de la cooperación entre supervisores sino también información en relación a denegaciones de autorizaciones de determinadas Instituciones de Inversión Colectiva y autorizaciones concedidas a sociedades gestoras.

Por otra parte, las sociedades gestoras españolas podrán gestionar fondos domiciliados en otros Estados miembros, del mismo modo que las sociedades gestoras de otros Estados miembros podrán gestionar fondos españoles.

Asimismo, se simplifica el régimen de comercialización transfronteriza: se reducen los plazos disponibles para que las autoridades competentes lleven a cabo las notificaciones y se suprime de la necesidad de comunicación de la institución de inversión colectiva a la autoridad competente del Estado miembro de acogida.

Además, la reforma establece el instrumento de "datos fundamentales para el inversor", con el objetivo de ofrecerle una mayor protección respecto de sus derechos de información, que sustituye al folleto simplificado y lo armoniza a nivel europeo y contempla la simplificación del régimen de comercialización.


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