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Fiscal, 30-11-2010.

Agencia Tributaria

Nuevo sistema de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria

Madrid, 29 de noviembre de 2010. El sistema de notificaciones electrónicas obligatorias consiste en que determinadas personas y entidades, que se entiende que disponen de los medios tecnológicos precisos, están obligadas a recibir por medios electrónicos (internet) las comunicaciones y notificaciones que les realice la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) por esta vía.

El sistema de notificación, regulado por Orden PRE/878/2010 (BOE 12 de abril de 2010), se hace a través de una dirección electrónica habilitada (DEH), que es de titularidad del Ministerio de Política Territorial y Admón. Pública, a cuyo sistema se ha adherido la AEAT, y cuyo prestador es el Servicio de Correos y Telégrafos.

La aplicación será gradual. Aunque la entrada en vigor es el 1 de enero de 2011, sin embargó no surtirá efectos para cada obligado hasta que la AEAT no le comunica individualmente y por los métodos tradicionales su inclusión en el mismo. También podrá realizarse por comparecencia en la sede electrónica.

La obligación se dirigirá casi exclusivamente a entidades jurídicas (básicamente, SA y SL). Serán alrededor de 2.000.000, de las cuales 1.200.000 reciben alguna notificación a lo largo de un año y también unos 1.000 empresarios y profesionales personas físicas, inscritos en el Nuevo régimen de devolución mensual de IVA (REDEME). Actualmente, todas están ya obligadas a presentar sus principales obligaciones tributarias por internet.

No obstante, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando éste haya señalado para notificaciones un lugar distinto de la DEH, se practicarán en el lugar señalado.

Los puntos de acceso a la DEH serán la Sede Electrónica de la AEAT (https://www.agenciatributaria.gob.es) y la de la Administración General del Estado (http://notificaciones.060.es).

Para acceder a la DEH se necesita un certificado electrónico (de la FNMT u otro organismo autorizado), o el DNI-e, si se trata de una persona física, o apoderar a alguien para que reciba las notificaciones electrónicas en su nombre.

Transcurridos 10 días sin acceder al buzón, se entiende producida la notificación, al igual que si rechazase la notificación en mano. Transcurridos 30 días, las notificaciones producidas en la DEH siguen estando a disposición de sus destinatarios, pero solo en la sede electrónica de la AEAT.