Resolución que regula la tramitación electrónica de diversos procedimientos de protección por desempleo de los Trabajadores del Mar
Madrid, 16 de septiembre de 2010. Publica hoy el BOE, la Resolución de 12 de julio de 2010, del Instituto Social de la Marina y del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la tramitación electrónica automatizada de diversos procedimientos en materia de protección por desempleo del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
Esta resolución tiene por objeto regular la tramitación electrónica automatizada de los procedimientos de gestión de las prestaciones por desempleo siguientes:
a) Solicitudes de alta y reanudación de las prestaciones contributivas por desempleo y de los subsidios por desempleo regulados en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; del programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo regulado en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, y del programa temporal de protección por desempleo e inserción, regulado en la Ley 14/2009, de 11 de noviembre y prorrogado por el Real Decreto 133/2010, de 12 de febrero.
b) Solicitudes de prórrogas de los subsidios por desempleo regulados en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
c) Otros procedimientos que puedan dar lugar a la adopción de resoluciones de forma automatizada, relacionados con las prestaciones por desempleo solicitadas, reconocidas y/o percibidas, tales como suspensiones o extinciones del derecho.
La aplicación informática que permite la actuación administrativa automatizada es la aplicación SILD, aprobada mediante Resolución del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, de 6 de octubre de 2009.
Esta aplicación efectúa tratamientos de la información cuyo resultado será utilizado por el Instituto Social de la Marina para el ejercicio de su potestad de resolver, de forma automatizada, los procedimientos relacionados con el reconocimiento de las prestaciones indicadas en el apartado anterior.
Dicha aplicación garantizará el control de los tiempos y plazos, la identificación de los órganos responsables de los procedimientos así como la tramitación ordenada de los expedientes.